Contraloría - Dictamen N° 44073 2008
Inasistencia concejal: compensación, quórum y sesiones celebradas
Abstracto
El dictamen aclara que una sesión de concejo levantada por falta de quórum no se considera celebrada, impidiendo la aplicación del mecanismo de compensación de dietas por inasistencia, y que las sesiones de comisión para compensar pueden ser previas o posteriores a la sesión de concejo.
Resumen
- Consulta de la Municipalidad de La Reina sobre la procedencia del mecanismo de compensación de dietas por inasistencia a sesiones de concejo, cuando éstas se levantan por falta de quórum.
- Establecimiento legal de que los concejales tienen derecho a percibir una dieta mensual ligada a la asistencia a las sesiones del concejo, con disminución proporcional por inasistencias (Ley N° 18.695, Art. 88).
- Norma que permite compensar la inasistencia a una sesión de concejo mediante la asistencia a dos sesiones de comisión dentro del mismo mes (Ley N° 18.695, Art. 88, inciso tercero).
- Requisitos copulativos para aplicar el mecanismo de compensación, según dictamen N° 60.404 de 2006: celebración de sesiones de concejo, inasistencia del concejal a al menos una de ellas, celebración de dos o más...
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