Contraloría - Dictamen N° 44217 2008
Análisis sobre desistimiento extemporáneo de pensión jubilatoria en servicio activo
Abstracto
La Contraloría determina que el desistimiento de una pensión jubilatoria es extemporáneo si se realiza tras la notificación al jefe de servicio, validando la concesión original y obligando al cese de funciones, pero garantizando remuneraciones por trabajo posterior.
Resumen
- La 'total tramitación' de un documento que otorga una pensión de jubilación a un funcionario público se perfecciona con la toma de razón de la Contraloría General y su subsiguiente notificación al Jefe Superior del respectivo servicio.
- Mientras la notificación al Jefe Superior del servicio no se haya practicado, el funcionario puede desistirse de su solicitud de jubilación sin expresión de causa, y la autoridad debe acoger su petición.
- El desistimiento de la pensión jubilatoria efectuado con posterioridad a la notificación de su total tramitación al Jefe Superior del Servicio carece de efectos jurídicos, y la jubilación debe concederse.
- El cese en el cargo de un funcionario público por obtención de jubilación, pensión o renta vitalicia se produce a contar del día en que, conforme a...
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