Contraloría - Dictamen N° 44542 2008
Contraloría General: Cancelación patente alcoholes por pago extemporáneo y exceso cupos.
Abstracto
La Contraloría General estima ajustada a derecho la cancelación de una patente de alcoholes por no pago oportuno y porque la comuna excedía el límite legal de licencias, según Ley 19.925.
Resumen
- Se consultó a la Contraloría General sobre la procedencia de la cancelación de una patente de alcoholes por parte de la Municipalidad de La Granja.
- La patente en cuestión fue cancelada al día siguiente de haber vencido el plazo para su pago semestral.
- La Ley N° 19.925, en su artículo 5°, establece que el pago de las patentes de alcoholes debe realizarse por semestres anticipados en los meses de enero y julio.
- El artículo 5°, inciso tercero, de la Ley N° 19.925 prohíbe el funcionamiento de establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas sin el pago previo y al día de la patente correspondiente.
- Dicho artículo contempla una excepción que permite continuar funcionando si el no pago oportuno no es imputable al deudor y se prueba documentalmente, previa apreciación del alcalde.
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