Contraloría - Dictamen N° 60402 2008
Procedimiento y requisitos para creación de corporaciones deportivas municipales
Abstracto
Las municipalidades pueden crear corporaciones privadas sin fines de lucro para deporte, arte o cultura, requiriendo obligatoriamente la aprobación del concejo municipal para su constitución y participación.
Resumen
- Las municipalidades están facultadas por el artículo 118, inciso sexto, de la Constitución Política de la República para constituir corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro.
- Estas corporaciones deben tener por objeto la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte.
- La participación municipal en estas corporaciones se rige por la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
- El artículo 5º, letra i) de la Ley N° 18.695 otorga a las municipalidades la atribución esencial de constituir corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, destinadas a la promoción y difusión del arte y la cultura.
- El artículo 129 de la Ley N° 18.695 establece que una o más municipalidades podrán constituir o participar en corporaciones d...
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