Contraloría - Dictamen N° 60462 2008

Declaración capital propio y cambio domicilio: aplicación sanción municipal

Abstracto

La Contraloría General determina que la declaración de capital propio debe presentarse en la municipalidad donde se ejerce la actividad comercial vigente, aplicando sanción si se declara en lugar incorrecto, incluso si se hizo previamente por error.

Resumen

  • La obligación de los contribuyentes de efectuar la declaración de capital propio se debe realizar en la municipalidad respectiva, es decir, aquella en cuyo territorio se desarrolla la actividad comercial a la fecha en que corresponde efectuar dicha declaración.
  • El plazo para la declaración de capital propio vence el 30 de abril, debiendo presentarse dentro de los diez días hábiles siguientes al vencimiento del plazo fijado por el Servicio de Impuestos Internos.
  • Los contribuyentes que cambian de domicilio su casa matriz o sucursal deben pagar la patente comercial en la municipalidad correspondiente al nuevo domicilio a contar del semestre siguiente a su instalación.
  • El artículo 29, inciso final, del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, exige la comunicación del cambio de domicilio a la mun...

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