Contraloría - Dictamen N° 62209 2008
Contraloría: Autonomía académica define título profesional y horas de carrera
Abstracto
La Contraloría establece que la autonomía académica de institutos profesionales y universidades permite determinar si un título es profesional y fijar horas de carrera, requisito para asignación profesional, debiendo el interesado acreditarlo ante el servicio respectivo.
Resumen
- El dictamen N° 062209N08 aclara el alcance de la declaración de carácter profesional de un título, específicamente el de Ingeniero en Prevención de Riesgos del Instituto Profesional La Araucana, en relación al dictamen previo N° 40.728/2008 y el beneficio de asignación profesional.
- La asignación profesional se encuentra regulada en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, modificado por el artículo 8° de la ley N° 19.699.
- Para percibir la asignación profesional se debe cumplir una jornada de trabajo de 44 horas semanales y acreditar la posesión de un título profesional de seis semestres y 3.200 horas de clases, conforme a la normativa vigente.
- Los establecimientos de educación superior gozan de autonomía, conforme a lo prescrito en el artículo 79 del D.F.L. N° 1, de 2005, de...
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