Contraloría - Dictamen N° 1654 2009

Derecho a incremento por desempeño colectivo para funcionaria en comisión de servicio

Abstracto

Funcionaria en comisión de servicio tiene derecho a pago proporcional del incremento por desempeño colectivo por los meses trabajados en la entidad de destino, pero no por el periodo anterior si cesó funciones antes de la fecha de pago.

Resumen

  • El incremento por desempeño colectivo es una asignación concedida por la Ley N° 19.553 a funcionarios de determinadas entidades, vinculada al cumplimiento de metas por equipos de trabajo.
  • La asignación se paga trimestralmente (marzo, junio, septiembre, diciembre) y se devenga mes a mes durante el año de pago, basándose en las metas cumplidas en el año precedente.
  • Los funcionarios que dejan de prestar servicios antes de completarse un trimestre tienen derecho a la asignación en proporción a los meses efectivamente trabajados en ese año.
  • Para percibir el beneficio, el servidor debe encontrarse en funciones a la fecha de pago de cada cuota trimestral.
  • La recurrente, Bárbara Torres Vásquez, se desempeñó en comisión de servicios en la Subsecretaría del Trabajo (ST) manteniendo su vínc...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora