Contraloría - Dictamen N° 224 2009
Dictamen sobre beneficios ley 18.156 para extranjeros en salud municipal
Abstracto
Dictamen aclara que ley 18.156 solo beneficia a extranjeros en salud municipal administrada por privados, no a funcionarios públicos directos del municipio.
Resumen
- El derecho a acogerse a los beneficios de la ley 18.156 corresponde exclusivamente a los profesionales extranjeros que integran una dotación de atención primaria de salud municipal.
- La aplicación de los beneficios de la ley 18.156 se circunscribe a aquellos casos en que la atención primaria de salud municipal es administrada por corporaciones de derecho privado o por aquellas a las que se ha entregado su administración.
- No tienen derecho a los beneficios de la ley 18.156 aquellos profesionales extranjeros que se desempeñan en establecimientos operados directamente por la Municipalidad a través de su Departamento de Salud.
- Los empleados que se desempeñan en establecimientos de salud operados directamente por la Municipalidad, a través de su Departamento de Salud, revisten el carácte...
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