Contraloría - Dictamen N° 2793 2009

Incompatibilidad entre cargo de Concejal y Alta Dirección Pública

Abstracto

La Contraloría aclara que el cargo de Alta Dirección Pública es incompatible con el de Concejal, debiendo la autoridad administrativa dejar sin efecto dicho nombramiento, sin perjuicio de la facultad del Concejo Municipal para calificar las renuncias de los concejales.

Resumen

  • El desempeño simultáneo de un cargo afecto al Sistema de Alta Dirección Pública (ADP) con el de Concejal es incompatible, según lo establecido en el Dictamen N° 50.185/2007 y fundamentos posteriores. Esta incompatibilidad se basa en la obligación de dedicación exclusiva de los cargos ADP (Ley N° 19.882) y la prohibición de percibir otros emolumentos incompatibles (Ley N° 19.863).
  • Las incompatibilidades que afectan a un Concejal en el ejercicio de su cargo de elección popular deben ser declaradas por el Tribunal Electoral Regional respectivo, conforme al artículo 77 de la Ley N° 18.695.
  • El Concejo Municipal ostenta la facultad exclusiva para calificar los fundamentos de una renuncia presentada por un Concejal y para aceptar o rechazar dicha dimisión, según lo dispuesto en la Ley N° 18...

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