Contraloría - Dictamen N° 4107 2009
Dictamen: Indemnización por cese docente por incumplimiento de funciones
Abstracto
Docentes cesados por incumplimiento grave de obligaciones no tienen derecho a indemnización, pues la ley que establece dicha causal no contempla dicho beneficio.
Resumen
- El cese de funciones de profesionales de la educación bajo la causal de la letra c) del artículo 72 de la Ley N° 19.070 (Estatuto Docente) se produce por incumplimiento grave de las obligaciones inherentes a su cargo.
- La letra c) del artículo 72 de la Ley N° 19.070 fue introducida por el artículo 38 de la Ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial.
- Ejemplos de incumplimiento grave de obligaciones docentes incluyen ausentismo reiterado, impuntualidad reiterada, incumplimiento de planes y programas de estudio, abandono injustificado de aula o delegación de trabajo profesional.
- Para que proceda el pago de beneficios indemnizatorios al término de una relación laboral, es indispensable que exista una disposición legal expresa que lo conceda, aplicando el crit...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora