Contraloría - Dictamen N° 4656 2009
Procedencia excepcional del cierre de calles y pasajes por municipalidades
Abstracto
La Contraloría General establece que el cierre de calles y pasajes por municipalidades procede excepcionalmente bajo condiciones estrictas, debiendo ponderarse el interés superior y los derechos constitucionales de los afectados.
Resumen
- Competencia Municipal sobre Vías Públicas: Las municipalidades administran calles y pasajes, amparadas por los artículos 5°, letra c) y 63, letra f) de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
- Procedencia Excepcional del Cierre de Calles/Pasajes: La Contraloría autoriza excepcionalmente el cierre de calles y pasajes por municipalidades, principalmente por razones de seguridad ciudadana.
- Requisitos Formales para el Cierre Excepcional: El cierre solo procede si la calle o pasaje tiene una única entrada o salida, o si es peatonal, y no converge en una avenida o calle principal.
- Límites Substanciales al Cierre: El cierre no debe implicar un detrimento importante al uso común ni afectar gravemente derechos constitucionales, debiendo ponderarse el interés superior, l...
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