Contraloría - Dictamen N° 4824 2009
Destitución municipal: efectos en la reincorporación a la Administración del Estado.
Abstracto
Dictamen determina que persona destituida de cargo público, sin dejar sin efecto la medida, se encuentra inhabilitada para reingresar a la Administración del Estado por cinco años, salvo rehabilitación.
Resumen
- Una persona sujeta a una medida disciplinaria de destitución permanece legalmente inhabilitada para postular y acceder a un cargo público hasta que dicha medida sea dejada sin efecto, independientemente de observaciones registradas por la Contraloría.
- La ley establece un período de inhabilitación de cinco años para reingresar a la Administración del Estado para quienes han sido destituidos de sus funciones públicas, contado desde la fecha de su desvinculación (art. 12, letra e) Ley N° 18.834 y art. 10, letra e) Ley N° 18.883).
- La Contraloría General tiene la facultad legal de impedir la tramitación de cualquier nombramiento de personas destituidas administrativamente, a menos que exista un decreto supremo de rehabilitación (art. 38, letra f) Ley N° 10.336).
- El reingreso a la Admini...
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