Contraloría - Dictamen N° 896 2009
Dictamen Contraloría: Denegación inscripción armas por antecedentes no formales
Abstracto
Contraloría aclara que facultades discrecionales para denegar inscripción de armas por antecedentes no reflejados en certificados formales, incluso para vigilantes privados, son válidas bajo ley 17.798, sin extender beneficios de reinserción de ley 18.216.
Resumen
- La Ley N° 17.798 sobre control de armas, en conjunto con el artículo 103 de la Constitución Política, establece un régimen de autorización para la posesión de armas, ejercido por el Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Movilización Nacional.
- Uno de los requisitos mínimos para la inscripción de un arma, según el artículo 5A de la Ley N° 17.798, es no haber sido condenado por crimen o simple delito, lo cual debe acreditarse mediante el certificado de antecedentes.
- Las autoridades fiscalizadoras bajo la Ley N° 17.798 poseen amplias facultades discrecionales para otorgar, denegar, suspender, condicionar o limitar autorizaciones de armas, incluyendo la denegación de inscripción si los antecedentes presumen incumplimiento en el mantenimiento del arma (Art. 5°,...
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