Contraloría - Dictamen N° 28861 2009
Término de contrata y pago de remuneraciones por servicios posteriores al cese
Abstracto
Contraloría determina que el cese de un funcionario a contrata al término de su plazo legal es procedente, pero ordena regularizar el pago de remuneraciones por días trabajados con posterioridad al cese, por aceptación de la autoridad.
Resumen
- Los empleos a contrata en la Administración del Estado son de carácter transitorio, con una duración máxima hasta el 31 de diciembre de cada año, expirando por el solo ministerio de la ley en dicha fecha, salvo que se haya propuesto su prórroga con al menos treinta días de anticipación.
- El vencimiento del período legal de designación o el cumplimiento del plazo por el cual se contrata constituyen causales de cesación inmediata de actividades del servidor, conforme al Estatuto Administrativo (Art. 146, letra f) en relación con Art. 153).
- La jurisprudencia administrativa de la Contraloría ha sostenido que las funciones de los empleados a contrata expiran automáticamente al término de su plazo anual o de designación, sin que exista para la autoridad administrativa obligación de prorroga...
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