Contraloría - Dictamen N° 29464 2009
Dictamen: Compensación Horas Extraordinarias Personal Salud Municipal
Abstracto
Este dictamen aclara que el personal de salud municipal acogido a la Ley 19.378 tiene derecho a compensación por horas extraordinarias, distinguiendo el momento de su realización para efectos de recargo o descanso complementario según Ley 18.883.
Resumen
- Una reclamación se presentó contra la Municipalidad de San Ramón por presunto pago incorrecto de horas extraordinarias a personal de enfermería del Centro de Salud Gabriela Mistral.
- El artículo 15 de la Ley N° 19.378, sobre Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, modificado por la Ley N° 20.157, regula la jornada ordinaria de trabajo.
- La jornada ordinaria de trabajo se establece en cuarenta y cuatro (44) horas semanales, distribuidas de lunes a viernes, en horario diurno y continuo, entre las 08:00 y las 20:00 horas, con un tope de nueve (9) horas diarias.
- Esta distribución de jornada no se aplica a aquellos funcionarios cuya naturaleza de servicios requiera cumplimiento fuera de los horarios precitados, sujetándose a la modalidad pactada en sus contratos.
- El trabajo ex...
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