Contraloría - Dictamen N° 29646 2009
Dictamen Contraloría: Deudas médicas cónyuge, pensión alimentos y sucesión
Abstracto
La Contraloría determina que deudas médicas de cónyuge fallecida no son deducibles de pensión del titular, sino deudas hereditarias; reembolsa primas de seguro descontadas indebidamente tras el deceso.
Resumen
- Dictamen N° 29.646 (08-VI-2009): La Contraloría General de la República aplica jurisprudencia para resolver la reclamación de un pensionado por la deducción de deudas médicas de su cónyuge fallecida de su pensión.
- Antecedente de pensión de alimentos: Una sentencia judicial estableció una pensión de alimentos a favor de la cónyuge del recurrente, que debía hacerse efectiva sobre el 25% del total de los emolumentos del pensionado, deducidos los descuentos legales, sin perjuicio de asignaciones familiares.
- Aclaración judicial sobre la pensión de alimentos: Un tribunal aclaró que la pensión de alimentos debía calcularse solo sobre el 25% del total de la pensión de jubilación del alimentante, y que las atenciones médicas y dentales de la beneficiaria debían ser descontadas de dicha pensió...
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