Contraloría - Dictamen N° 30229 2009
Dictamen Contraloría: Instalación Consejo Regional Arica y Parinacota tras elección anulada
Abstracto
El dictamen analiza la instalación del nuevo Consejo Regional de Arica y Parinacota, determinando que debe ocurrir 60 días después de la segunda elección, considerando la anulación de la primera elección y la aplicación estricta de normativas legales.
Resumen
- Marco Legal de Instalación y Duración de Mandatos Regionales: La Ley N° 19.175 establece que los consejos regionales se instalan 60 días después de la elección de consejeros (Art. 98) y que estos duran cuatro años en sus cargos (Art. 30).
- Procedimiento ante Anulación Electoral: En caso de anulación de una elección de consejeros regionales, el plazo de 60 días para la instalación del nuevo consejo se cuenta a partir de la fecha de la subsiguiente elección, conforme al artículo 98 de la Ley N° 19.175.
- Anulación Electoral en Arica y Parinacota: El Tribunal Electoral Regional declaró nula la elección de consejeros de la Provincia de Arica del 21/12/2008, disponiendo una segunda elección para el 1/02/2009, la cual proclamó a los nuevos electos.
- Inaplicabilidad de Prórroga por Anulación ...
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