Contraloría - Dictamen N° 30877 2009

Quórum para sesiones secretas de concejos municipales y publicación de actas

Abstracto

La Contraloría determina que para declarar secreta una sesión de concejo municipal se requiere un quórum de dos tercios de los concejales presentes, no cuatro votos como se pretendió en Colina, y ordena la publicación de las actas.

Resumen

  • La declaración de secreto de una sesión de concejo municipal está sujeta a un quórum de dos tercios de los concejales presentes, conforme al artículo 84, inciso cuarto, de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
  • En un concejo municipal compuesto por seis concejales y el alcalde, el quórum de dos tercios de los presentes se alcanza con cinco votos, considerando un total de siete personas asistentes a la sesión.
  • El acuerdo adoptado por el concejo municipal de Colina para declarar secreta una sesión extraordinaria el 13 de diciembre de 2008, con solo cuatro votos a favor, no cumplió con el quórum legalmente exigido.
  • La base de cálculo para determinar el quórum de dos tercios debe considerar el número total de asistentes a la sesión, incluyendo al alcalde.
  • La Co...

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