Contraloría - Dictamen N° 34106 2009
Pronunciamiento sobre convenios municipales para asistencia jurídica y obligaciones de pago
Abstracto
La Contraloría General aclara que los convenios municipales para asistencia jurídica generan obligaciones contractuales que los municipios deben cumplir, sin poder negarse al pago unilateralmente, aun ante dificultades presupuestarias, considerando la normativa vigente y el rol del concejo.
Resumen
- Los municipios están facultados por la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, para desarrollar funciones de asistencia social y jurídica en su territorio, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, así como para celebrar convenios para el cumplimiento de sus funciones, siempre que no se alteren sus atribuciones.
- Los recursos que los municipios transfieren a la Corporación de Asistencia Judicial, en virtud de convenios, no revisten la calidad de subvenciones o aportes, sino que constituyen una obligación contractual contraída por la municipalidad al suscribir el convenio.
- La suscripción de convenios para la prestación de servicios jurídicos constituye un contrato bilateral y oneroso, que genera derechos y obligaciones recíprocos e interdepend...
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