Contraloría - Dictamen N° 34219 2009
Dictamen Contraloría: transferencia aguas servidas y competencia sanitaria/ambiental.
Abstracto
Contraloría General analiza venta de aguas servidas tratadas de Aguas Chañar a Minera Candelaria, concluyendo que no constituye transferencia de concesión sanitaria ni excede atribuciones de SISS, y que evaluación ambiental de CONAMA fue suficiente.
Resumen
- La transferencia de aguas servidas tratadas por Aguas Chañar S.A. a Compañía Contractual Minera Candelaria no constituye el traspaso del dominio o derecho de explotación de una concesión sanitaria.
- Dicha operación se limita al dominio de las aguas servidas ya tratadas, consideradas un subproducto de la concesión, y no implica asumir los derechos y obligaciones de la concesión respectiva.
- La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) dictaminó que la venta de aguas servidas tratadas se enmarca dentro de prestaciones relacionadas no reguladas por derecho común, con implicancias sanitarias limitadas a la rebaja de tarifas de tratamiento.
- La naturaleza jurídica de la operación descrita se encuentra fuera de las atribuciones de la SISS, justificando su no pronunciamiento previo.
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