Contraloría - Dictamen N° 34562 2009
Dictamen Contraloría General: Derecho a ascenso y provisión cargos vacantes funcionarios
Abstracto
La Contraloría General aclara que el ascenso es facultad discrecional, no derecho absoluto, y que las nuevas vacantes deben seguir el procedimiento de acreditación de competencias legalmente establecido.
Resumen
- Guillermo Olea Opazo, funcionario técnico (grado 16 E.U.S.) de CENABAST, solicitó el reconocimiento de su derecho a ascenso a uno de cuatro cargos vacantes de grado 15.
- Las vacantes ocurrieron en distintas fechas: dos al 31 de diciembre de 2004 y 15 de julio de 2005; las restantes al 1º de mayo de 2007 y 1º de febrero de 2008.
- CENABAST indicó que los cargos vacantes en 2004-2005 debían proveerse por concurso interno (Ley 18.834 post Ley 19.882), y los posteriores por acreditación de competencias (DFL 1/2005).
- Según la jurisprudencia administrativa previa a la Ley 19.882, el ascenso bajo la Ley 18.834 (Arts. 48-54) era una facultad discrecional de la autoridad, una mera expectativa y no un derecho.
- La Ley 19.882 introdujo la modalidad de concurso interno de promoción, aplicable a ...
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