Contraloría - Dictamen N° 34744 2009
Ex funcionario Armada: Bonificación por gastos hospitalización cónyuge en centro ajeno
Abstracto
Un ex funcionario de la Armada no tiene derecho a bonificación por gastos de hospitalización de su cónyuge en centro ajeno al sistema de salud de las FF.AA. si no se cumplieron requisitos legales.
Resumen
- Un ex funcionario de la Armada, imponente de CAPREDENA, solicitó pronunciamiento sobre bonificación por gastos de hospitalización de su cónyuge en un establecimiento ajeno al sistema de salud de la Armada.
- La Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) informó que no corresponde el pago de reembolsos solicitados, ya que el consultante no estaba afiliado a dicho organismo al momento de las atenciones médicas.
- La Armada de Chile determinó que el ex funcionario no tiene derecho al beneficio, al no haber requerido asistencia médica en el Hospital Naval ni solicitado orden de interconsulta o calificación de urgencia para hospitalización en centro asistencial externo al Sistema de Salud Naval.
- La Ley N° 19.465 establece el Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas.
- El artículo 1...
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