Contraloría - Dictamen N° 34957 2009
Dictamen sobre cálculo de pensiones para receptores judiciales y remuneraciones imponibles
Abstracto
Contraloría confirma que el cálculo de pensiones para receptores judiciales debe incluir remuneraciones de secretarios de juzgado, aplicando el cambio jurisprudencial de 2008 sólo para el futuro y no a beneficios ya concedidos o en trámite previo.
Resumen
- El cálculo de los derechos jubilatorios para receptores judiciales debe considerar todas las remuneraciones fijas, permanentes e imponibles que gocen los Secretarios de los juzgados donde ejercen sus funciones, salvo aquellas de carácter personal.
- La Contraloría General analiza la solicitud de reconsideración del dictamen N° 12.511 de 2008, que fijó el criterio de cálculo de pensiones para receptores judiciales, por parte del Instituto de Normalización Previsional (INP).
- La Ley N° 5.931 asimila la renta de los receptores judiciales para efectos previsionales a la de un Secretario de Juzgado, conforme al D.F.L. N° 1.340 bis de 1930.
- La finalidad de esta asimilación legal fue permitir la determinación de una renta cierta para el cálculo de pensiones de estos auxiliares de justicia, q...
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