Contraloría - Dictamen N° 35126 2009
Plazo de tres años para revisión de pensión no contributiva
Abstracto
La Contraloría desestima solicitud de revisión de pensión no contributiva por gracia, al haberse vencido el plazo legal de tres años establecido en la Ley N° 19.260.
Resumen
- Beneficio Previsional: Se analiza la revisión de una pensión no contributiva otorgada por gracia a un ex funcionario declarado exonerado político.
- Normativa Aplicable: El artículo 4, inciso tercero, de la Ley N° 19.260, regula la revisabilidad de los beneficios previsionales.
- Causales de Revisión: La pensión es revisable si se comprueban diferencias en el cómputo de períodos de afiliación o servicios, en las remuneraciones imponibles para el sueldo base, o cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación.
- Plazo de Revisión: El artículo 4, inciso cuarto, de la Ley N° 19.260 establece que la revisión solo podrá efectuarse dentro del plazo de tres años, contado desde el otorgamiento del beneficio o su reajuste.
- Vencimiento del Plazo: En el caso concreto, entre la concesión de...
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