Contraloría - Dictamen N° 36144 2009
Análisis sobre procedencia de devolución de descuentos por fondo de desahucio
Abstracto
La Contraloría determina que no procede la devolución de descuentos por fondo de desahucio, pues este beneficio indemnizatorio tiene un límite legal máximo de veinticuatro meses de remuneración imponible, impidiendo reclamar montos superiores o derechos exclusivos sobre las cotizaciones.
Resumen
- La funcionaria solicitó la devolución de descuentos de remuneraciones destinados al fondo de desahucio, argumentando que eran excesivos.
- El derecho al desahucio se rige por el D.F.L. N° 338, de 1960, cuya normativa mantiene su aplicabilidad según lo dispuesto en el artículo 13 transitorio de la Ley N° 18.834.
- El artículo 103 del D.F.L. N° 338 de 1960 establece que el empleado que se retire tiene derecho a percibir un desahucio equivalente a un mes de remuneraciones por cada año o fracción superior a seis meses de servicios prestados.
- El monto máximo del desahucio se encuentra legalmente limitado y no puede exceder de veinticuatro veces el valor de las remuneraciones imponibles para dicho fin.
- El fondo de desahucio posee una naturaleza indemnizatoria.
- Las cotizaciones enteradas ...
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