Contraloría - Dictamen N° 36274 2009
Dictamen Contraloría: Traslado funcionaria municipal y límites a potestad alcaldicia
Abstracto
La Contraloría determinó que un municipio no puede trasladar a una funcionaria a otra ciudad sin su consentimiento, pues contraviene el Código del Trabajo y sus derechos irrenunciables. La potestad disciplinaria alcaldicia debe ponderar infracciones.
Resumen
- Reclamación de funcionaria municipal de Peñaflor contra traslado dispuesto desde la Colonia Escolar El Tabo a un establecimiento educacional en la ciudad de Peñaflor, aduciendo menoscabo.
- El artículo 10, número 3, del Código del Trabajo establece que el contrato de trabajo debe contener la estipulación referida al lugar o ciudad en que hayan de prestarse los servicios.
- El artículo 12 del Código del Trabajo dispone que el empleador podrá alterar el sitio o recinto en que deban prestarse los servicios, siempre que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, y que ello no signifique menoscabo para el trabajador.
- El traslado ordenado por el municipio de Peñaflor a la localidad de Peñaflor, desde El Tabo (lugar o ciudad donde la interesada presta servicios), contravi...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora