Contraloría - Dictamen N° 36274 2009

Dictamen Contraloría: Traslado funcionaria municipal y límites a potestad alcaldicia

Abstracto

La Contraloría determinó que un municipio no puede trasladar a una funcionaria a otra ciudad sin su consentimiento, pues contraviene el Código del Trabajo y sus derechos irrenunciables. La potestad disciplinaria alcaldicia debe ponderar infracciones.

Resumen

  • Reclamación de funcionaria municipal de Peñaflor contra traslado dispuesto desde la Colonia Escolar El Tabo a un establecimiento educacional en la ciudad de Peñaflor, aduciendo menoscabo.
  • El artículo 10, número 3, del Código del Trabajo establece que el contrato de trabajo debe contener la estipulación referida al lugar o ciudad en que hayan de prestarse los servicios.
  • El artículo 12 del Código del Trabajo dispone que el empleador podrá alterar el sitio o recinto en que deban prestarse los servicios, siempre que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, y que ello no signifique menoscabo para el trabajador.
  • El traslado ordenado por el municipio de Peñaflor a la localidad de Peñaflor, desde El Tabo (lugar o ciudad donde la interesada presta servicios), contravi...

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