Contraloría - Dictamen N° 36447 2009
Dictamen: No renovación de contrato a plazo fijo municipal y bienios.
Abstracto
La Contraloría General determinó que la no renovación de un contrato a plazo fijo municipal es legal y que los empleados bajo esta modalidad no tienen derecho a indemnización por años de servicio ni a bienios.
Resumen
- Un ex chofer municipal reclamó ante la Contraloría la ilegalidad de no renovar su contrato a plazo fijo, solicitando además el pago de indemnización por años de servicio y bienios.
- El recurrente había tenido previamente un contrato indefinido bajo el Código del Trabajo que terminó por renuncia, y luego diversos contratos a plazo fijo bajo la Ley N° 19.378.
- La Ley N° 19.378 (Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal) establece que el ingreso a la carrera funcionaria se realiza mediante contrato indefinido y concurso público (Art. 32). El personal que no ingresa por esta vía debe ser contratado a plazo fijo, cuya relación laboral termina al vencimiento del plazo (Art. 48, letra c).
- La no renovación de un contrato a plazo fijo constituye una potestad privativa de la máxima auto...
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