Contraloría - Dictamen N° 36876 2009
Dictamen Contraloría: Selección en concursos públicos y facultad discrecional
Abstracto
Contraloría determina que la autoridad puede elegir libremente de la terna propuesta en concursos públicos, sin obligarse al de mayor puntaje, y valida corrección de errores de oficio.
Resumen
- La autoridad de un servicio no está obligada a nombrar al candidato con más puntaje dentro de la terna propuesta por el comité de selección en concurso de provisión de cargos, pudiendo designar a cualquiera de las personas incluidas en esa nómina, pues las decisiones de dicho comité constituyen meras proposiciones.
- Las bases de los concursos públicos para proveer cargos deben ajustarse a la normativa vigente, como el artículo 21, inciso cuarto, de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, que establece que el comité de selección propondrá a la autoridad los nombres de los candidatos con los mejores puntajes, hasta un máximo de tres por cargo.
- Según los artículos 22 de la ley N° 18.834 y 16 del decreto N° 69/2004, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento seleccionar...
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