Contraloría - Dictamen N° 37390 2009
Dictamen Contraloría: Contrato a honorarios y desempeño de funciones municipales habituales.
Abstracto
La Contraloría confirma que un contrato a honorarios municipales es ilegal si encomienda labores habituales, pues implica el desempeño de un cargo sin ser funcionario, reiterando pronunciamiento anterior.
Resumen
- Los contratos a honorarios celebrados por municipalidades no son lícitos si asignan funciones habituales, ya que esto elude el requisito de que el personal cuente con la calidad de funcionario público.
- La Ley N° 18.883, sobre el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, establece los requisitos que deben cumplirse para la contratación de personal en el ámbito municipal.
- La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 28, dispone que las funciones municipales deben ser encomendadas a unidades específicas y, por ende, a personal con la calidad jurídica correspondiente.
- Conforme al artículo 4° de la Ley N° 18.883, los contratos a honorarios deben ser para la ejecución de cometidos específicos o para la realización de funciones accidentales, y ...
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