Contraloría - Dictamen N° 38234 2009
Competencia para emitir informes de idoneidad psicológica de asistentes de la educación
Abstracto
La Contraloría General determina que el respectivo Servicio de Salud es el organismo competente para emitir el informe de idoneidad psicológica de asistentes de la educación, revocando dictámenes anteriores y aplicando la normativa vigente.
Resumen
- La modificación introducida por la ley N° 20.244 al artículo 3º de la ley N° 19.464 establece que los asistentes de la educación deben acreditar idoneidad psicológica mediante un informe emitido por el Servicio de Salud correspondiente.
- Diversas municipalidades y el Ministerio de Salud solicitaron un pronunciamiento sobre el organismo competente para emitir dichos informes de idoneidad psicológica, específicamente tras la modificación legal mencionada.
- Con anterioridad, la Contraloría había emitido dictámenes (como el N° 8.155/2009) que habilitaban a las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) para expedir estos informes, basándose en normativas como el DFL N° 1/2005 y el decreto N° 136/2004.
- El dictamen actual reconsidera su postura previa, argumentando que el nuevo...
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