Contraloría - Dictamen N° 38463 2009
Dictamen sobre beneficio educacional por errónea calificación de detenido desaparecido
Abstracto
La Contraloría determina que no es posible restituir el beneficio educacional de la ley 19.123 si la persona, erróneamente calificada como víctima (detenido desaparecido), ya no cumple con la calidad habilitante requerida.
Resumen
- El documento aborda la restitución de un beneficio educacional establecido en la Ley N° 19.123.
- La procedencia del beneficio educacional requiere que el solicitante sea hijo de una persona reconocida como víctima de violaciones a los derechos humanos o de violencia política, conforme a la Ley N° 19.123.
- El artículo 18 de la Ley N° 19.123 define como 'causantes' a las personas declaradas víctimas de violaciones a los derechos humanos o de violencia política, individualizadas en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación o reconocidas por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
- El artículo 29 de la Ley N° 19.123 establece que los hijos de los causantes indicados en el artículo 18 podrán recibir beneficios de carácter educacional, como la beca estudi...
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