Contraloría - Dictamen N° 38749 2009

Dictamen sobre competencia Comisión Médica Central e invalidez de segunda clase

Abstracto

La Contraloría General determina la competencia de la Comisión Médica Central para evaluar la inutilidad de segunda clase de personal policial, pero desestima una solicitud al no acreditarse las hipótesis previstas en el Estatuto de Carabineros.

Resumen

  • La Comisión Médica Central de Carabineros es la entidad competente para evaluar la aptitud física y el estado de salud del personal policial, determinando su capacidad para el servicio o su grado de invalidez.
  • El artículo 64 de la Ley N° 18.961 y el artículo 73 del D.F.L. N° 2, de 1968, norman la competencia de la Comisión Médica Central para examinar al personal.
  • La declaración de "inutilidad de segunda clase" exige la comprobación, por parte de la Comisión Médica respectiva, de que el afectado se encuentra en alguna de las hipótesis establecidas en el artículo 98 del Estatuto del Personal de Carabineros.
  • La jurisprudencia administrativa de la Contraloría General ha reiterado la necesidad de acreditar fehacientemente el cumplimiento de las hipótesis del artículo 98 del Estatuto pa...

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