Contraloría - Dictamen N° 40773 2009

Criterio de prelación de descuentos voluntarios de remuneraciones municipales

Abstracto

La Contraloría establece que el orden de prelación de descuentos voluntarios de remuneraciones municipales se basa en la fecha de comunicación al municipio, priorizando el más antiguo, incluso si sumar uno posterior excede el 15% del límite legal.

Resumen

  • Una funcionaria municipal solicitó determinar si la supresión de un descuento voluntario para pagar un convenio con una fundación fue procedente, dado que le ocasionó perjuicio patrimonial.
  • La Municipalidad suprimió dicho descuento al haberse solicitado posteriormente un descuento para un crédito, excediendo la suma de ambos el límite legal del 15% de descuentos voluntarios.
  • El artículo 95, inciso segundo, de la Ley N° 18.883 permite a los alcaldes autorizar deducciones de remuneraciones para pagos de cualquier naturaleza, sin que estas excedan en conjunto el 15% de la remuneración.
  • La Ley N° 19.378, en su artículo 4º, dispone la aplicación supletoria de la Ley N° 18.883 al personal afecto a la primera.
  • Los descuentos de remuneraciones se clasifican en: aquellos ordenados expresa...

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