Contraloría - Dictamen N° 40816 2009
Dictamen sobre requisitos para cargo público y vigilante privado
Abstracto
La Contraloría aclara que la libertad vigilada remueve antecedentes para el ingreso a la Administración Pública, pero no exime del requisito de no haber sido condenado por delito para ejercer como vigilante privado.
Resumen
- El ingreso a la Administración del Estado requiere, entre otros, no haber sido condenado por crimen o simple delito, según el artículo 54, letra c), de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- El otorgamiento de beneficios como la remisión condicional de la pena o la libertad vigilada, por sentencia ejecutoriada a personas no condenadas previamente por crimen o simple delito, tiene mérito suficiente para la omisión en los certificados de antecedentes y para su eliminación definitiva para todos los efectos legales y administrativos.
- Dichos beneficios bajo la Ley N° 18.216, artículo 29, producen efectos que hacen desaparecer los resultados de la condena, de modo que el favorecido debe considerarse como si no hubiese sufrido condena a...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora