Contraloría - Dictamen N° 40981 2009

Dictamen sobre dieta de concejales electos y reelectos en mes de diciembre

Abstracto

La Contraloría General aclara el pago de dieta a concejales electos y reelectos en diciembre, estableciendo el derecho a percibirla por ambos períodos sin exceder el monto mensual y la improcedencia de concentrar sesiones.

Resumen

  • Los concejales tienen derecho a percibir una dieta mensual, cuyo monto anual se fija entre seis y doce unidades tributarias mensuales (UTM) por el concejo, mediante acuerdo de dos tercios de sus miembros, conforme al artículo 88 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
  • La percepción del monto íntegro de la dieta mensual se encuentra supeditada a la asistencia a la totalidad de las sesiones del concejo celebradas en el respectivo mes.
  • La dieta se percibirá proporcionalmente disminuida según el número de inasistencias del concejal a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
  • Se establece un mecanismo de compensación para la inasistencia, permitiendo que la ausencia de hasta una sesión pueda ser compensada por la asistencia, en el mismo mes, a dos sesiones de c...

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