Contraloría - Dictamen N° 41180 2009

Contraloría: Administración improcedente de bienes públicos municipales por comodato

Abstracto

La Contraloría General establece que las municipalidades no pueden otorgar bienes nacionales de uso público en comodato a particulares, sino solo concesiones o permisos, y ordena regularizar la situación de un club de rayuela.

Resumen

  • Denuncia ciudadana contra la Municipalidad de Estación Central por permitir el emplazamiento de un club de rayuela en un bien nacional de uso público mediante comodato.
  • El club de rayuela poseía personalidad jurídica y patente de alcoholes, y su ocupación del bien nacional de uso público se basaba en un comodato cuya vigencia inicial había expirado en 1998.
  • La Municipalidad de Estación Central justificó la permanencia del club en la inexistencia de un lugar alternativo y la continuidad de facto del comodato.
  • El artículo 5°, letra c), de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (LOCM) confiere a las municipalidades la administración de los bienes nacionales de uso público comunales.
  • El artículo 63, letra f), de la LOCM atribuye al alcalde la facultad de administrar dichos...

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