Contraloría - Dictamen N° 41185 2009

Subrogación de Secretario Municipal: Funciones de Ministro de Fe y Registro de Decretos

Abstracto

El dictamen aclara que el secretario municipal subrogante asume todas las funciones, incluido actuar como ministro de fe. Además, determina que ciertos decretos de pago municipales no requieren registro ante la Contraloría al no afectar a funcionarios según el artículo 53 de la Ley 18.695.

Resumen

  • La subrogación es un mecanismo de reemplazo cuyo propósito es mantener la continuidad de la función pública.
  • En virtud de la subrogación, el funcionario subrogante asume, por ministerio de la ley, la totalidad de las funciones, derechos, facultades, deberes y obligaciones del cargo que desempeña en tal calidad.
  • La Secretaria Municipal subrogante, de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del artículo 20 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, está encargada de desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales.
  • Las resoluciones dictadas por las entidades edilicias se encuentran exentas del trámite de toma de razón, conforme al artículo 53 de la Ley N° 18.695.
  • No obstante lo anterior, las resoluciones dictadas por las municipalidade...

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