Contraloría - Dictamen N° 45346 2009
Plazo legal para la revisión de pensiones no contributivas por gracia
Abstracto
La Contraloría General desestima la solicitud de revisión de pensión no contributiva por gracia, al haberse vencido el plazo legal de tres años establecido en la Ley 19.260 para ejercer dicho derecho.
Resumen
- Una pensión no contributiva por gracia fue concedida a doña Mónica Cecilia Loreto González Méndez, ex funcionaria exonerada política, mediante Resolución N° 1.512 del Ministerio del Interior en 2001, con efecto a partir del 1 de septiembre de 1998.
- El monto inicial de dicha pensión no contributiva se fijó en $105.176.- mensuales.
- El artículo 4° de la Ley N° 19.260 regula la revisabilidad de los beneficios previsionales, como las pensiones de vejez, invalidez y jubilación por cualquier causa.
- Dichas pensiones son revisables de oficio o a petición de parte cuando se comprueben diferencias en la computación de períodos de afiliación o de servicios, o en las remuneraciones imponibles, o cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación.
- El inciso cuarto del art...
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