Contraloría - Dictamen N° 45673 2009
Dictamen sobre prescripción para restitución de descuentos excesivos al Fondo de Desahucio
Abstracto
La Contraloría establece que la devolución de descuentos excesivos al Fondo de Desahucio procede solo por los cinco años previos a la solicitud formal de restitución, en valor nominal y sin intereses.
Resumen
- Se analiza la procedencia de la restitución de descuentos efectuados en exceso al Fondo de Desahucio, en virtud de solicitudes presentadas por ex-funcionarios.
- La Caja de Previsión de la Defensa Nacional limitó la restitución de descuentos excesivos al período comprendido entre octubre de 2003 y julio de 2008, argumentando la aplicación de la prescripción general.
- El artículo 2.515 del Código Civil rige la prescripción general, siendo aplicable a los reclamos por devolución de sumas descontadas en exceso para el Fondo de Desahucio.
- La aplicación de la norma de prescripción general del Código Civil implica que la restitución de descuentos excesivos solo puede reclamarse hasta cinco años hacia atrás, contados desde la fecha de la solicitud formal de restitución.
- La solicitud formal...
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