Contraloría - Dictamen N° 45736 2009
Derecho a subsidio de cesantía para personal municipal: requisitos y aplicación
Abstracto
Dictamen aclara requisitos para subsidio de cesantía de personal municipal, estableciendo que el cese por 'necesidades del servicio' no es imputable y da derecho al beneficio si se cumplen demás exigencias legales.
Resumen
- El personal de las municipalidades tiene derecho a impetrar el subsidio de cesantía, conforme al artículo 61, inciso segundo, del Decreto con Fuerza de Ley N° 150 de 1981.
- La legislación establece que para acceder al subsidio de cesantía, el trabajador debe encontrarse cesante y la pérdida del empleo no debe ser imputable a causas atribuibles a él.
- Un reglamento definirá los casos en que la pérdida del empleo se deba a causas no imputables al trabajador, permitiendo el acceso al subsidio.
- Se requiere contar con al menos 52 semanas o 12 meses, continuos o discontinuos, de servicios o imposiciones dentro de los dos años anteriores a la fecha de la cesantía.
- Es indispensable que el trabajador se encuentre inscrito en el Registro de Cesantes determinado por el Ministerio de Hacienda,...
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