Contraloría - Dictamen N° 45806 2009
Límite horas extraordinarias diurnas, excepciones legales y obligaciones funcionarias
Abstracto
El dictamen aclara el límite de 40 horas extraordinarias diurnas mensuales, la vía de excepción mediante decretos supremos, y la obligación de cumplimiento si la atribución presidencial no se ejerce.
Resumen
- El inciso segundo del artículo 9º de la Ley N° 19.104 establece un máximo de 40 horas extraordinarias diurnas mensuales cuyo pago podrá autorizarse.
- El inciso cuarto del artículo 9º de la Ley N° 19.104 permite que uno o varios decretos supremos emanados del Ministerio de Hacienda exceptúen de esta limitación a aquellos servicios que requieran, por circunstancias especiales, que determinado personal trabaje un mayor número de horas extraordinarias.
- Conductores de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas solicitaron un pronunciamiento sobre la procedencia de eximirlos del límite máximo de horas extraordinarias diurnas.
- La Subsecretaría de Obras Públicas informó que la naturaleza de las funciones implica habitualmente horas extraordinarias, compensadas con de...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora