Contraloría - Dictamen N° 45894 2009
Dictamen sobre aplicación de autorización para pago a plazo en expropiaciones
Abstracto
Dictamen concluye que la autorización del Ministerio de Hacienda por Ley 20.128 no aplica a pagos a plazo de indemnizaciones por expropiación, las cuales se rigen por normativa específica.
Resumen
- Se consulta si la autorización previa del Ministerio de Hacienda, exigida por el artículo 14 de la Ley N° 20.128 sobre Responsabilidad Fiscal, es aplicable a los acuerdos sobre pago a plazo de la indemnización por expropiación.
- El artículo 19 N° 24 de la Constitución Política garantiza el derecho de propiedad y regula la expropiación por causa de utilidad pública o interés nacional, estableciendo el derecho a una indemnización por el daño patrimonial causado.
- La Constitución Política, en su artículo 19 N° 24, inciso cuarto, establece que la indemnización por expropiación deberá pagarse en dinero efectivo al contado, salvo acuerdo entre las partes.
- El artículo 33, inciso segundo, de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades faculta a las municipalidades para adquir...
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