Contraloría - Dictamen N° 46277 2009
Dictamen Contraloría: Competencia para Autorizar Cambio Destino de Vivienda Municipal
Abstracto
La Contraloría General determina que la autorización de cambio de destino de inmuebles, particularmente viviendas, es competencia exclusiva del Director de Obras Municipales, y no del Alcalde o Concejo, desestimando procedimientos complejos como los aplicados por la Municipalidad de Las Condes.
Resumen
- La autorización de cambio de destino de inmuebles se rige por el artículo 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y el artículo 5.1.4 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), aprobado por Decreto N° 47 de 1992. Adicionalmente, la Ley N° 19.537, en su artículo 15, requiere permiso de la Dirección de Obras Municipales para estos cambios.
- El Director de Obras Municipales tiene la atribución principal para conceder los permisos de cambio de destino, según el inciso primero del artículo 5.1.4 de la OGUC y lo dispuesto en la Ley N° 19.537.
- La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (LOM), en su texto refundido de 2006 (DFL N° 1), no otorga facultades específicas al Alcalde ni al Concejo Municipal para autorizar cambios de destino de viviendas....
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora