Contraloría - Dictamen N° 47670 2009
Contraloría aclara conceptos de vivienda económica y social para subsidios
Abstracto
La Contraloría General aclara que la vivienda social es una especie de vivienda económica, analizando sus requisitos para postular a subsidios bajo el Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
Resumen
- El dictamen aclara la distinción y relación entre "vivienda económica" y "vivienda social" en el contexto de la elegibilidad para subsidios habitacionales.
- El decreto N° 255, de 2006, define "vivienda objeto del programa" como "viviendas sociales" según DL 2.552/1979, conjuntos habitacionales (Ley 19.537), o propiedades con tasación hasta 650 UF, según metodologías específicas.
- La "vivienda social" (DL 2.552/1979) es vivienda económica, definitiva, para resolver marginalidad habitacional, financiada pública o privadamente, con tasación máxima de 400 UF (o 520 UF para condominios), y debe cumplir estándares técnicos reglamentarios.
- La "vivienda económica" (DFL 2/1959) se define por su construcción bajo DFL 2/59, superficie edificada no superior a 140 m², y el cumplimiento de requisi...
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