Contraloría - Dictamen N° 48468 2009
Contraloría General: Suspensión sin goce de remuneraciones como apremio
Abstracto
La Contraloría General confirma que la suspensión sin goce de remuneraciones es una medida de apremio para obtener informes, no una sanción, y que su aplicación por Contralores Regionales es válida según normativa y jurisprudencia.
Resumen
- La suspensión sin goce de remuneraciones es contemplada como una medida de apremio por la Contraloría General para obtener oportunamente los informes necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
- Para ordenar la suspensión sin goce de remuneraciones no es necesario que previamente se haya instruido un procedimiento disciplinario, ya que esta medida no constituye una sanción, sino un medio de apremio.
- La medida de suspensión sin goce de remuneraciones está consultada por un término indefinido, es decir, hasta que se remitan los antecedentes o informes requeridos.
- El artículo 9º de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, faculta al Contralor para solicitar datos e informaciones a autoridades, jefaturas y funcionarios.
- La falta de observancia ...
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