Contraloría - Dictamen N° 49184 2009
Prerrogativa presidencial de rehabilitación administrativa y requisitos de reingreso
Abstracto
La facultad de rehabilitar es prerrogativa presidencial, requiriendo decreto y plazo para reingreso a la administración pública, pudiendo el decreto emitirse antes de cumplirse los cinco años legales.
Resumen
- La facultad de rehabilitar funcionarios es una prerrogativa privativa y discrecional del Presidente o Presidenta de la República.
- Las solicitudes de rehabilitación deben ser requeridas a través del Ministerio del cual dependía o con el que se relacionaba el organismo del afectado.
- La destitución del ex-funcionario Robinson Elías Mardones Ceballos se aplicó en virtud del artículo 147, inciso final, de la ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo).
- El cese del funcionario Robinson Elías Mardones Ceballos se produjo por llamamiento a retiro temporal, no por la aplicación de la destitución en sí.
- La Contraloría General tomó de razón del documento sancionatorio de destitución del afectado con fecha 29 de mayo de 2006.
- Para reingresar a la administración pública tras una separación o de...
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