Contraloría - Dictamen N° 49665 2009
Dictamen sobre derecho a pensión por cesación de funciones con calificación insuficiente.
Abstracto
Se deniega pensión a ex funcionario judicial cesado por calificación insuficiente, aplicando norma que excluye dicho beneficio en tales casos, según reiterada jurisprudencia administrativa.
Resumen
- El artículo 12 del decreto ley Nº 2.448, de 1978, establece que los trabajadores de la Administración del Estado, Poder Judicial y Congreso, al abandonar su empleo por término del período legal, supresión del empleo o renuncia no voluntaria, solo podrán obtener pensión si tienen veinte años de imposiciones o de tiempo computable, siempre que la causal de salida no sea una calificación insuficiente o una medida disciplinaria.
- La aplicación del régimen de jubilación prematura por expiración obligada de funciones, según el decreto ley Nº 2.448 de 1978, es un criterio independiente de la vigencia del Estatuto Administrativo anterior y de sus reglas previsionales.
- Luis Ramón Riquelme León, ex funcionario del Poder Judicial, solicitó la concesión de una jubilación por expiración obligada d...
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