Contraloría - Dictamen N° 49674 2009
Contraloría: Facultad de Autoridad Administrativa para Fijar Monto Máximo de Sala Cuna
Abstracto
La Contraloría General determina que la autoridad administrativa está facultada para fijar el monto máximo de pago del beneficio de sala cuna, al no existir suma fijada por ley.
Resumen
- El Hospital Padre Alberto Hurtado consultó a la Contraloría General sobre la facultad de fijar, mediante resolución, un monto máximo de pago por concepto del derecho a sala cuna.
- El derecho a sala cuna se rige por el artículo 203 del Código del Trabajo, contenido en el Título II del Libro II, "De la Protección a la Maternidad".
- La norma del Código del Trabajo sobre sala cuna es aplicable a la Administración Pública en virtud de lo dispuesto en los artículos 194 de dicho cuerpo legal y 89 de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
- La obligación legal para empresas con veinte o más trabajadoras (o mujeres trabajadoras de cualquier edad o estado civil) es contar con salas anexas e independientes del local de trabajo para el cuidado de sus hijos menores de dos años.
- El emple...
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