Contraloría - Dictamen N° 49741 2009
Dictamen Contraloría: abono por hijos en pensiones de jubilación pública
Abstracto
La Contraloría establece que no hay límite al número de abonos por hijos en pensiones de la Administración Pública, salvo que el total de la pensión haya alcanzado el máximo de la remuneración, impidiendo nuevos incrementos.
Resumen
- Se analiza la solicitud de reliquidación de una pensión para incorporar abonos o incrementos por concepto de hijos, bajo el régimen de la ley N° 16.494.
- La ley N° 16.494 reemplazó el artículo 184 de la ley N° 10.343, norma que regula las pensiones de antigüedad y vejez del personal femenino de la Administración Pública.
- El artículo 184, en su inciso segundo, establece que las pensiones de antigüedad y vejez para mujeres con al menos 20 años de servicio se otorgarán con un aumento de 2/30 o 2/35 avos del sueldo base de pensión si son viudas, y de 1/30 o 1/35 avos por cada hijo reconocido.
- Doctrina previa de la Contraloría, contenida en el dictamen N° 50.080 de 1972, determinó que no existe límite al número de abonos o incrementos por concepto de hijos para dicho personal femenino. -...
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