Contraloría - Dictamen N° 50616 2009

Dictamen Contraloría: Directores Colegios Municipales y Declaración de Patrimonio

Abstracto

La Contraloría General determina que los directores de establecimientos educacionales municipales no están obligados a presentar una declaración de patrimonio, aplicando la normativa legal y jurisprudencia administrativa.

Resumen

  • El artículo 57 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, establece la obligación de presentar declaración de intereses para servidores, autoridades y funcionarios directivos, profesionales, técnicos y fiscalizadores de los Órganos de la Administración del Estado que se desempeñen hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente.
  • La jurisprudencia administrativa de la Contraloría General (dictamen N° 3.100, de 2001) ha determinado que la obligación de declarar intereses para el personal de los departamentos de educación y salud traspasados a municipalidades, alcanza exclusivamente a los jefes de los respectivos departamentos, excluyendo a los funcionarios que dependen de ellos, como directores de establecimientos educacionale...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora